Se rehabilitarán 125 viviendas y se efectuarán  actuaciones de mejora en la red viaria, así como de  espacios públicos e infraestructuras

La oficina técnica encargada de gestionar el ARU  ‘Ciudad de los Almirantes’ abrirá al público el próximo martes, 12 de noviembre, para que los interesados puedan recabar toda la información al respecto.

El pleno del Ayuntamiento de Rioseco del pasado martes llevó a cabo la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la normativa de subvenciones para actuaciones comprendidas en el ARU Ciudad de los Almirantes” (2018-2020)

En octubre de 2018 se firma el Convenio entre Junta, Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento riosecano para el ‘Área de Regeneración Urbana (ARU) ‘Ciudad de los Almirantes’, gracias al cual se rehabilitarán 125 viviendas y se efectuarán  actuaciones de mejora en la red viaria, así como de  espacios públicos e infraestructuras. El coste de la intervención asciende a los 3.956.000 euros. Con el fin de regular las subvenciones destinadas a financiar las actuaciones en edificios comprendidos en el ARU «Ciudad de los Almirantes», el pleno  aprueba la correspondiente Ordenanza Municipal.

El ámbito del ARU ‘Ciudad de los Almirantes’ está delimitado por el Plan Especial de Reforma Interior, formado por el conjunto de edificaciones con frente a las calles que conforman el itinerario principal de la Semana Santa, e incluye las calles, Avda. Ángel Peralta, Román Martín, Lázaro Alonso, Pablo Iglesias, Empedrada, Mediana, Pozo, Doctrina, Ángel Martínez, San Buenaventura, los Lienzos, y los ámbitos de la Plaza Mayor, Corro de la Constitución, Corro de la Calle Empedrada y Corro de Santiago.

La ordenanza que se aprobó establece los requisitos que deben cumplir los edificios objeto de las actuaciones subvencionables recogidas en la misma: actuaciones de conservación y adecuación estructural, en materia de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y para mejorar la seguridad de utilización y accesibilidad.

Se regulan los derechos y obligaciones de los beneficiarios así como el procedimiento de concesión de las subvencione, que incluye la cuantía de las mimas:

Art. 13:

1.  La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de la intervención, que se desglosará según los criterios que se fijen en la convocatoria correspondiente.

2 .El importe máximo de la ayuda no podrá exceder del 65 por ciento del coste de la inversión de la actuación, con un máximo por vivienda de 9.750 euros.