La propuesta contempla la promoción de seis casas adosadas en hilera

El equipo de Gobierno de Medina de Rioseco propuso ayer en pleno el ‘Estudio y Construcción de Nueva Vivienda de Protección Pública’ en la ciudad, que se ubicaría en la calle Marqués de Villagodio.

En concreto, la propuesta contempla la promoción de seis viviendas adosadas en hilera. Tres de ellas serían de 75 metros cuadrados, por un precio de 85.453 euros. Por su parte, las otra tres, tendrían un tamaño de 90 metros cuadrados útiles, por 99.900 euros. Todas ellas contarían con un garaje de 16 metros cuadrados.

La promoción se articula a través de la firma de un Convenio específico de colaboración entre este Ayuntamiento y la Sociedad de Infraestructura y Medio Ambiente de Castilla y León S.A. (SOMACYL), con el objeto de promover este tipo de vivienda de carácter unifamiliar o plurifamiliar con calificación de uso residencial y con destino a su compraventa.

El proyecto exige que exista un número mínimo de demandantes, por lo que el Ayuntamiento con el fin de conocer y valorar la demanda existente, abre el plazo de un mes para la inscripción en la Relación de Demandantes de Vivienda de Protección Pública en Medina de Rioseco

En relación con el asunto y de acuerdo con la normativa reguladora de la materia en la Comunidad de Castilla y León, los destinatarios o usuarios que adquieran o arrienden una vivienda de protección pública serán personas físicas, unidades familiares o unidades de convivencia que cumplan los siguientes requisitos:

1.-. Estar inscritos en el Registro Público de Demandantes de Viviendas de Protección Pública de Castilla y León.
2. Cumplir los límites de ingresos máximos y mínimos establecidos en función de la tipología de vivienda protegida; ingresos que no excedan de 6,5 veces el IPREM y no sean inferiores a una vez el IPREM. En todo caso, calculados con los criterios que se determinen mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda.
3. No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o de disfrute sobre otra vivienda en España, o que siendo titular de tales derechos no pueda ocupar la vivienda por causas que no le sean imputables, incluidas situaciones de proindiviso o aquellas otras en el que el puesto de trabajo se localice a más de 50 km de la vivienda. No obstante, podrán ser titulares de otras viviendas las familias que necesiten una vivienda de mayor superficie por el aumento del número de sus miembros, así como las personas mayores de 65 años, las personas con movilidad reducida y las víctimas de violencia de género o del terrorismo, cuando se trate de acceder a otra vivienda más adaptada a sus necesidades. En todos estos casos, la vivienda anterior deberá ser vendida o alquilada dentro del plazo de un año a contar desde la firma del contrato de compraventa o alquiler de la vivienda nueva; este plazo podrá prorrogarse cuando la vivienda anterior no haya podido ser vendida o alquilada.